Artículo 1499 del Código Civil
Texto del Art. 1499 CC en Chile
Obligación alternativa es aquella por la cual se deben varias cosas, de tal manera que la ejecución de una de ellas, exonera de la ejecución de las otras.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro CUARTO
- De las obligaciones en general y de los contratos
- Título VI
- De las obligaciones alternativas
Fuente oficial BCN · LeyChile
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