Artículo 811 del Código Civil
Texto del Art. 811 CC en Chile
El derecho de uso es un derecho real que consiste, generalmente, en la facultad de gozar de una parte limitada de las utilidades y productos de una cosa.
Si se refiere a una casa, y a la utilidad de morar en ella, se llama derecho de habitación.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro SEGUNDO
- De los bienes, y de su dominio, posesion, uso y goce
- Título X
- De los derechos de uso y de habitacion
Fuente oficial BCN · LeyChile
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