Artículo transitorio 18 del Código del Trabajo
Texto del Art. transitorio 18 CT en Chile
Otórgase el plazo de dos años, a contar de la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 19.759, para que las organizaciones sindicales vigentes a dicha fecha procedan a adecuar sus estatutos.
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Fuente oficial BCN · LeyChile
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