Código Civil Artículo 2038

Actualizado: 13 Mayo 2026

La redención del censo es la consignación del capital a la orden del juez, que en consecuencia lo declarará redimido.
Inscrita esta declaración en el competente Registro, se extingue completamente el censo.
El censualista será obligado a constituirlo de nuevo con el capital consignado.

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