Código Civil Artículo 1186
Si el que tenía a la sazón legitimarios hubiere hecho donaciones entre vivos a extraños, y el valor de todas ellas juntas excediere a la cuarta parte de la suma formada por este valor y el del acervo imaginario, tendrán derecho los legitimarios para que este exceso se agregue también imaginariamente al acervo, para la computación de las legítimas y mejoras.
¿Buscas otro artículo?
Ingresa el número del artículo para ir directamente.
Explicación del artículo
Artículo 1186 del Código Civil: donaciones excesivas a extraños
En simple
Si una persona con legitimarios hizo donaciones entre vivos a extraños por encima del límite legal, el exceso se agrega imaginariamente al acervo para calcular legítimas y mejoras.
¿Qué problema busca resolver el artículo 1186?
El artículo 1186 protege el cálculo de las asignaciones forzosas cuando una persona que tenía legitimarios realizó donaciones entre vivos a personas extrañas a ese grupo.
Sin una regla de ajuste, una persona podría reducir en vida una parte importante del patrimonio que servirá de base para calcular legítimas y mejoras. La norma corrige ese efecto mediante una acumulación imaginaria.
¿Cuándo se activa la regla?
Deben concurrir varios elementos: el donante tenía legitimarios al tiempo relevante, realizó donaciones entre vivos a extraños y el valor conjunto de esas donaciones supera el límite matemático que establece el artículo.
La norma se relaciona con el Artículo 1185 del Código Civil, que regula otra acumulación imaginaria vinculada a donaciones hechas a legitimarios.
¿Cómo funciona el límite de la cuarta parte?
Se suma el valor de las donaciones a extraños al acervo imaginario correspondiente y se calcula la cuarta parte de esa suma. Si las donaciones exceden esa cuarta parte, el exceso se agrega imaginariamente al acervo.
La operación es técnica y requiere identificar correctamente los valores patrimoniales. La regla no ordena sumar automáticamente toda donación a extraños, sino sólo el exceso que supera el límite legal.
¿Para qué se agrega imaginariamente el exceso?
La agregación se usa para computar las legítimas y mejoras. No significa que el bien donado vuelva físicamente al patrimonio en ese mismo momento.
El objetivo es reconstruir una base de cálculo que permita determinar los derechos de los legitimarios. Las reglas sobre quiénes son legitimarios se encuentran en el Artículo 1182 del Código Civil.
La norma exige distinguir cálculo y restitución
El artículo 1186 regula una operación de cálculo sucesorio. Otras reglas determinan las acciones o consecuencias que pueden proceder cuando las donaciones vulneran los límites disponibles.
Por eso, en casos reales suele ser necesario reconstruir el patrimonio, valorizar donaciones y aplicar varias normas sucesorias de manera coordinada.
Ejemplo práctico
Suponga un acervo imaginario de $900 y donaciones a extraños por $500. La suma es $1.400 y su cuarta parte es $350. El exceso de las donaciones sobre ese límite es $150.
Ese exceso de $150 se agrega imaginariamente para el cálculo de legítimas y mejoras. El ejemplo es sólo ilustrativo: un caso real exige determinar correctamente los valores y las demás operaciones sucesorias.
Ideas clave
- La norma protege el cálculo de legítimas y mejoras.
- Se refiere a donaciones entre vivos hechas a extraños.
- No toda donación se agrega: importa superar el límite legal.
- El exceso se agrega imaginariamente al acervo.
- La operación es de cálculo y debe distinguirse de una restitución material inmediata.
Concordancias relevantes
- Artículo 1182 del Código Civilidentifica a los legitimarios.
- Artículo 1184 del Código Civilregula la división de la mitad legitimaria y la cuarta de mejoras.
- Artículo 1185 del Código Civilestablece una acumulación imaginaria de ciertas donaciones hechas a legitimarios.
- Artículo 1187 del Código Civilregula consecuencias cuando el exceso de donaciones a extraños afecta la porción disponible.
- Artículo 1193 del Código Civilse relaciona con la acción de reforma del testamento en protección de asignaciones forzosas.
Preguntas frecuentes
¿Se suman todas las donaciones hechas a terceros?
No necesariamente. El artículo establece un cálculo y sólo el exceso sobre el límite legal se agrega imaginariamente.
¿El bien donado vuelve automáticamente a la herencia?
No por la sola operación del artículo 1186. La norma reconstruye una base de cálculo para legítimas y mejoras.
¿Qué significa «extraños» en esta regla?
Se refiere, en términos de la norma, a personas distintas de los legitimarios considerados para el régimen de estas donaciones.
¿Puede aplicarse esta regla sin hacer cálculos patrimoniales?
Normalmente no. Es necesario valorizar el acervo y las donaciones para determinar si existe exceso.