Código Civil Artículo 914Por ldirecta_admin1 / Abril 18, 2026 Actualizado: 9 Mayo 2026 Cuando el poseedor vencido tuviere un saldo que reclamar en razón de expensas y mejoras, podrá retener la cosa hasta que se verifique el pago, o se le asegure a su satisfacción. Ir 1 ... 912 913 914 915 916 ... 2524 Final