Artículo 243 del Código Civil
Texto del Art. 243 CC en Chile
La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que corresponden al padre o a la madre sobre los bienes de sus hijos no emancipados.
La patria potestad se ejercerá también sobre los derechos eventuales del hijo que está por nacer.
Código anotado
Ubicación del artículo
- Libro PRIMERO
- De las personas
- Título X
- De la Patria Potestad
- Enumeración
- § 1. Reglas generales
Fuente oficial BCN · LeyChile
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