Código Civil

Artículo 217

La maternidad podrá ser impugnada, probándose falso parto, o suplantación del pretendido hijo al verdadero. Tienen derecho a impugnarla, dentro […]

Código Civil

Artículo 218

Se concederá también la acción de impugnación a toda otra persona a quien la maternidad aparente perjudique actualmente en sus

Código Civil

Artículo 220

No procederá la impugnación de una filiación determinada por sentencia firme, sin perjuicio de lo que se dispone en el

Código Civil

Artículo 221

La sentencia que dé lugar a la acción de reclamación o de impugnación deberá subinscribirse al margen de la inscripción

Código Civil

Artículo 222

Los hijos deben respeto y obediencia a sus padres. La preocupación fundamental de los padres es el interés superior del

Código Civil

Artículo 223

Aunque la emancipación confiera al hijo el derecho de obrar independientemente, queda siempre obligado a cuidar de los padres en

Desplazamiento al inicio