Artículo 2184
El comodatario es obligado a suspender la restitución de toda especie de armas ofensivas y de toda otra cosa de […]
El comodatario es obligado a suspender la restitución de toda especie de armas ofensivas y de toda otra cosa de […]
Cesa la obligación de restituir desde que el comodatario descubre que él es el verdadero dueño de la cosa prestada.
Las obligaciones y derechos que nacen del comodato, pasan a los herederos de ambos contrayentes, pero los del comodatario no
Si los herederos del comodatario, no teniendo conocimiento del préstamo, hubieren enajenado la cosa prestada, podrá el comodante (no pudiendo
Si la cosa no perteneciere al comodante y el dueño la reclamare antes de terminar el comodato, no tendrá el
Si la cosa ha sido prestada a muchos, todos son solidariamente responsables.
El comodante es obligado a indemnizar al comodatario de las expensas que sin su previa noticia haya hecho para la
El comodante es obligado a indemnizar al comodatario de los perjuicios que le haya ocasionado la mala calidad o condición