Código Civil

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Artículo 6

La ley no obliga sino una vez promulgada en conformidad a la Constitución Política del Estado y publicada de acuerdo

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Artículo 8

Nadie podrá alegar ignorancia de la ley después que ésta haya entrado en vigencia. 3. Efectos de la ley

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Artículo 9

La ley puede sólo disponer para lo futuro, y no tendrá jamás efecto retroactivo. Sin embargo, las leyes que se

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Artículo 10

Los actos que prohíbe la ley son nulos y de ningún valor; salvo en cuanto designe expresamente otro efecto que

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Artículo 12

Podrán renunciarse los derechos conferidos por las leyes, con tal que sólo miren al interés individual del renunciante, y que

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Artículo 13

Las disposiciones de una ley, relativas a cosas o negocios particulares, prevalecerán sobre las disposiciones generales de la misma ley,

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