Artículo 442Por Admin / Abril 6, 2026 A los que por pródigos o disipadores han sido puestos en entredicho de administrar sus bienes, se dará curador legítimo, y a falta de éste, curador dativo. Esta curaduría podrá ser testamentaria en el caso del 1 … 373 374 375 376 377 378 379 380 381 382 … 2359