Artículo 417Por Admin / Abril 6, 2026 Expirado su cargo, procederá el guardador a la entrega de los bienes tan pronto como fuere posible; sin perjuicio de ejecutar en el tiempo intermedio aquellos actos que de otro modo se retardarían con perjuicio del pupilo. 1 … 348 349 350 351 352 353 354 355 356 357 … 2359