Artículo 2080Por Admin / Abril 6, 2026 El socio administrador es obligado a dar cuenta de su gestión en los períodos designados al efecto por el acto que le ha conferido la administración, y, a falta de esta designación, anualmente. 1 … 1926 1927 1928 1929 1930 1931 1932 1933 1934 1935 … 2359